SORTEO: "Giveaway: Gift Cards
Digitales Café Britt
"

Reglamento Oficial

El sorteo denominado "Giveaway: Gift Cards Digitales Café Britt" se regirá bajo las siguientes reglas y condiciones. Por el solo hecho de participar en el sorteo, los participantes aceptan todas las reglas de este reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad del Organizador.

El otorgamiento del premio estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este reglamento. El Organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución del premio otorgado al participante que, directa o indirectamente, incumpla las normas y condiciones aquí establecidas.

1. Elegibilidad para participar

Podrán participar en esta promoción todas aquellas personas mayores de 18 años que sean suscriptores activos del Club de Café de Café Britt y realicen el pago de su plan de
suscripción en el mes de marzo del año 2025.

No podrán formar parte del sorteo las siguientes personas:

a) Empleados, ejecutivos y funcionarios de la empresa organizadora de esta promoción que, debido a su cargo, puedan de alguna forma influir en el desarrollo del sorteo o la asignación del premio.

b) Los parientes hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad de la compañía
organizadora.


2. Organizador

La empresa Café Britt Costa Rica S.A., cédula de persona jurídica número 3-101-153905 (el
"Organizador"), invita a los suscriptores activos del Club de Café a participar en la dinámica "Giveaway: Gift Cards Digitales Café
Britt", que tendrá lugar a través del sitio web www.cafebritt.cr.

3. Plazos

Este sorteo se regirá por los siguientes plazos, que son de carácter perentorio:

i) Forma de participar: Participan automáticamente los suscriptores activos o que reactiven el plan del Club de Café y que realicen el pago de su suscripción durante el mes de marzo de 2025.

ii) Plazo para participar: El plazo de participación inicia el 1 de marzo de 2025 y
finaliza el 31 de marzo de 2025, a las 12:00 a.m.

iii) Fecha del sorteo: El sorteo se realizará el martes 1 de abril de 2025 a las 11:00 a.m. en las instalaciones del Organizador ubicadas en Heredia, Mercedes Norte, del Automercado 500 metros al norte y 400 metros al oeste. El Organizador podrá modificar la fecha del sorteo por razones de conveniencia u oportunidad, pero este cambio no afectará el plazo para participar ni las probabilidades de ganar.

4. Anuncio del ganador

El anuncio del ganador o ganadora se realizará el miércoles 2 de abril de 2025 a través de correo electrónico.

5. Premio

Se seleccionarán dos (2) ganadores, cada uno recibirá una (1) gift card digital de treinta mil colones (₡30,000).

Cada ganador recibirá su tarjeta de regalo por correo electrónico, una vez confirmada su aceptación del premio. La gift card podrá redimirse hasta el 31 de diciembre de 2025 a través de la tienda en línea www.cafebritt.cr. No aplica en suscripciones.

6. Evaluación y selección del ganador

Se seleccionarán dos (2) ganadores mediante un programa de selección aleatorio entre los participantes que hayan cumplido con todos los requisitos establecidos. El sorteo se llevará a cabo en presencia de dos funcionarios de la compañía y un Notario Público elegido por el Organizador, quien levantará el acta respectiva.
El ganador estará sujeto a verificación por parte del Organizador respecto al cumplimiento de las condiciones del sorteo y la veracidad de los datos proporcionados.

7. Comunicación del ganador y reclamo del premio

El Organizador intentará contactar a los ganadores mediante la información suministrada. Si no es posible localizarlos dentro de un plazo de dos (2) horas tras el primer intento de contacto, el Organizador dejará constancia escrita y se otorgará el plazo estipulado en este reglamento para que reclamen su premio. El Organizador hará su mejor esfuerzo por localizar a los ganadores, sin asumir responsabilidad en caso de no poder contactarlos.

8. Responsabilidad del Organizador

La responsabilidad del Organizador finaliza con la entrega del premio. Los ganadores son responsables del uso y disfrute del mismo. Al participar, los concursantes liberan de responsabilidad al Organizador, empresas afiliadas, patrocinadores y demás involucrados en la promoción, así como a sus empleados, ejecutivos y representantes, por cualquier daño o perjuicio derivado de su participación o aceptación del premio.

Se libera de responsabilidad al Organizador por: a) Gastos incurridos para participar,
reclamar o disfrutar del premio. b) Intervenciones no autorizadas de terceros
que alteren el desarrollo del sorteo.

9. Suspensión o modificación del sorteo

El Organizador se reserva el derecho de suspender o modificar el sorteo en caso de fraude, fallas técnicas o eventos fuera de su control. Si se realiza alguna modificación al reglamento, se comunicará de la misma manera en que fue publicado originalmente.

10. Información personal

Toda la información proporcionada por los participantes pertenecerá al Organizador. Los participantes autorizan el uso de sus datos para la gestión del sorteo y futuras comunicaciones de Café Britt.

11. Relación entre las partes

Este reglamento no genera ninguna relación contractual entre los participantes y el Organizador más allá de la ejecución del sorteo. Ningún participante adquiere la condición de empleado, representante o agente de Café Britt Costa Rica S.A.

12. Identidad del ganador

Una vez finalizado el sorteo, el nombre y otros datos de los ganadores podrán ser consultados por cualquier interesado.

13. Información adicional

Cualquier duda o consulta sobre los alcances e interpretación del presente reglamento podrá evacuarse mediante el siguiente correo electrónico: info@cafebritt.cr, y al teléfono: 2277-1500, en un horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de
este reglamento o una dispensa de su cumplimiento.